Debe aclararse si es servicio monofásico o
trifásico, en base a esto se cobrará el cargo
correspondiente.
El solicitante no debe tener deuda:
Como titular de servicio, de convenio
y/o "Débito por energía no registrada".
En caso de requerirse garantías, los
garantes no deben tener deuda.
En todos los casos el trámite podrá ser
efectuado por el apoderado con poder otorgado
por escribano o Juzgado.
El solicitante debe presentar DNI, LE, LC y/o
pasaporte, no se acepta Cédula Federal.
En caso de servicios nuevos: En las
ciudades/localidades donde las Municipalidades/
Comunas donde se exija habilitación
municipal/comunal, el Cliente deberá
presentarla.
Por favor recordá que toda documentación requerida
deberá ser presentada en original y fotocopia.
Requisitos
Titular con documentos
Título de propiedad
Si uno de los titulares de la escritura
tuviera deuda, el servicio se otorgará
igual a nombre del otro titular, quien
será el firmante titular.
Escritura.
Certificado de escritura en trámite.
Boleto de compra-venta con una
antigüedad no mayor a seis (6) meses,
sellado en el Nuevo Banco de Santa Fe
S.A.. Pasados los seis meses deberá
adjuntar declaración jurada de ocupante
real.
La solicitud de servicio deberá ser firmada por
los titulares de la escritura:
Titular imposibilitado
Si uno de los titulares estuviera
imposibilitado, deberá presentarse
certificado médico.
Inmueble hipotecado o bien de
familia
Un inmueble hipotecado o que sea bien de
familia no imposibilitará el pedido del
servicio.(para estos casos solicitará un
garante).
Uno o más propietarios
Si en la escritura figura uno o más
propietarios o uno o más usufructuarios,
no será necesario que se presenten
todos. El pedido podrá ser hecho por los
dueños o los usufructuarios.
Matrimonio Divorciado
Si los propietarios son un matrimonio
que está divorciado, se deberá presentar
acta de divorcio donde figure a cuál de
los cónyuges se le adjudicó el inmueble,
para el cual se pide el servicio.
S.R.L.
Si la propietaria fuera una S.R.L.,
deberán presentar fotocopia del Contrato
Social y los firmantes de la solicitud
serán los que determine el contrato
social.
S.A.
Si la propietaria fuera una S.A.,
deberán presentar fotocopia del Estatuto
y del Acta donde se designen
autoridades.
Sociedad Irregular
(Vencida)
Se le da el mismo tratamiento que a la
Sociedad de hecho.
Acta de remate y/o posesión
El servicio podrá otorgarse únicamente
con copia del acta de posesión,
certificada por el juzgado.
Sucesión
Copia de la declaratoria de herederos
certificada por el juzgado. Para el caso
en que haya más de un heredero, el
servicio se otorga a nombre de quien lo
pide. De existir deuda a nombre del
titular fallecido, los herederos serán
responsables de esta deuda.
Sin sucesión
Certificado extendido por el juzgado de
que se encuentra en trámite, en caso de
no haber sido iniciada, libreta de
matrimonio, acreditando el vínculo y
certificado de vecindad. De existir
deuda a nombre del titular fallecido,
los herederos serán responsables de esta
deuda.
Condominio
Si hay varios condóminos, el servicio se
otorga a quién lo solicitare, exhibiendo
escritura traslativa de dominio.
Tutela o Curatela
El servicio irá a nombre del tutor o
curador adjuntando copia de sentencia de
la tutoría o curatela.
Sociedad Conyugal
Si el titular registral es uno solo de
los cónyugues, el servicio deberá salir
a nombre de éste y ser firmado por el
mismo.
Inmueble destinado a uso comercial: se pedirá
fotocopia de CUIT, si estuviera inscripto.