Cliente residencial (casa de familia):
Si es propietario del inmueble:
· Documento de identidad.
· Escritura de dominio o boleto de compra-venta con certificado de escritura en trámite u otra documentación certificada por autoridad competente que lo acredite propietario.
· Abonar el cargo por conexión correspondiente.
Si es locatario (inquilino) u ocupante del inmueble por el que solicita el servicio:
· Documento de identidad.
· Contrato de locación sellado o contrato de comodato u otro título de ocupación certificado por autoridad competente.
· Abonar el depósito en garantía o presentar garante propietario cliente de la EPE, o garantía personal con recibo de haberes o certificación de ingresos. Toda la documentación deberá presentarse en original y copia. Los garantes en ningún caso deben registrar deudas con la EPE.
· Abonar el cargo por la conexión correspondiente.
Cliente comercial, industrial o prestador de servicios:
Si es propietario del inmueble por el que solicita el servicio:
· Documento de identidad.
· Escritura de dominio o boleto de compra-venta con certificado de escritura en trámite u otra documentación certificada por autoridad competente que lo acredite propietario.
· Comprobante de inscripción en A.F.I.P. con constancia de número de C.U.I.T. y situación frente al I.V.A..
· Contrato o Estatuto Social de corresponder.
· Abonar el cargo por conexión correspondiente.
Si es locatario (inquilino) u ocupante del inmueble por el que solicita el servicio:
· Documento de identidad.
· Contrato de locación sellado o contrato de comodato u otro título de ocupación certificado por autoridad competente.
· Comprobante de inscripción en A.F.I.P. con constancia de número de C.U.I.T. y situación frente al I.V.A..
· Contrato o Estatuto Social de corresponder.
· Abonar el depósito en garantía o presentar garante propietario cliente de la EPE, o garantía personal con recibo de haberes o certificación de ingresos. Toda la documentación deberá presentarse en original y copia. Los garantes en ningún caso deben registrar deudas con la EPE.
· Abonar el cargo por conexión correspondiente.
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